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+Artículo 39 2 |
Artículo 39 22. El valorador independiente deberá poseer los recursos humanos y técnicos que la autoridad designante juzgue adecuados para llevar a cabo la valoración, o tener acceso a ellos. Al evaluar la idoneidad de los recursos se tendrá en cuenta la naturaleza, el alcance y la complejidad de la valoración que deba realizarse. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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