|
+Artículo 74 2 |
Artículo 74 22. En ausencia de una decisión conjunta de las autoridades de resolución en un plazo de cuatro meses, y de conformidad con el artículo 13, apartado 6, de la Directiva 2014/59/UE, las autoridades de resolución que elaboren planes de resolución individuales remitirán a la autoridad de resolución a nivel de grupo un documento en el que constarán todos los elementos siguientes:
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|