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+Artículo 86 5 |
Artículo 86 55. La autoridad de resolución a nivel de grupo y las autoridades de resolución de las filiales comunicarán, cuando proceda, a la empresa matriz de la Unión y a las entidades del grupo de las que sean respectivamente responsables una fecha indicativa para el diálogo a que se refiere el apartado 2, letra e). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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