+Artículo 105 5

Artículo 105 5

5.   La autoridad de resolución a nivel de grupo remitirá el proyecto de decisión conjunta sobre el dispositivo de resolución de grupo, sin demora injustificada, a las autoridades de resolución de las entidades cubiertas por el dispositivo, fijando un plazo para que den su aprobación a dicha decisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
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