+Artículo 108 2
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Artículo 108 2
2. La notificación a que se refiere el apartado 1 incluirá los siguientes datos:
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a)
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el nombre de la autoridad de resolución;
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b)
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el nombre de la entidad bajo la jurisdicción de la autoridad de resolución;
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c)
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la fecha de la notificación;
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d)
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el nombre de la autoridad de resolución a nivel de grupo;
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e)
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una declaración de la autoridad de resolución en la que explique que disiente o se aparta del dispositivo de resolución de grupo, o que considera adecuadas acciones o medidas de resolución independientes para la entidad o entidades bajo su jurisdicción;
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f)
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una motivación detallada respecto de los elementos del dispositivo de resolución de grupo de los que la autoridad de resolución disienta o se aparte, o una explicación de las razones por las que estime que son adecuadas acciones o medidas de resolución independientes;
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g)
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una descripción detallada de las acciones o medidas que la autoridad de resolución adoptará, incluido el calendario y la secuenciación de las mismas.
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1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
- EULAW_CS -
EULAW_CS
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