+Artículo 9 1.

Artículo 9 1.

Las autoridades competentes que concedan la autorización en virtud del artículo 5 se asegurarán de que las empresas de servicios de inversión y sus órganos de dirección observen lo dispuesto en los artículos 88 y 91 de la Directiva 2013/36/UE.

La AEVM y la ABE aprobarán conjuntamente las directrices sobre los elementos enumerados en el artículo 91, apartado 12, de la Directiva 2013/36/UE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 06.06.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0065
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