+Artículo 38quater 2.

Artículo 38quater 2.

Los agentes de la AEVM y demás personas acreditadas por ella para realizar las investigaciones a que se refiere el apartado 1 ejercerán sus facultades previa presentación de una autorización escrita que especifique el objeto y el propósito de la investigación. Esa autorización indicará, asimismo, las multas coercitivas previstas en el artículo 38 decies cuando los registros, datos, procedimientos o cualquier otra documentación que se haya exigido, o las respuestas a las preguntas formuladas a las personas contempladas en el artículo 38 ter, apartado 1, no se faciliten o sean incompletos, así como las multas previstas en el artículo 38 nonies, cuando las respuestas a las preguntas formuladas a las personas contempladas en el artículo 38 ter, apartado 1, sean incorrectas o engañosas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 23.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014R0600
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