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+Artículo 5 bis 4. |
Artículo 5 bis 4.Al realizar transferencias inmediatas, los proveedores de servicios de pago cumplirán, además de los requisitos establecidos en el artículo 5, los siguientes requisitos:
a)
los proveedores de servicios de pago velarán por que los ordenantes puedan cursar una orden de pago para una transferencia inmediata a través de todos los mismos canales de iniciación de pagos que aquellos a través de las cuales dichos ordenantes puedan cursar una orden de pago para otras transferencias;
b)
no obstante lo dispuesto en el artículo 83 de la Directiva (UE) 2015/2366, inmediatamente después de recibir una orden de pago para una transferencia inmediata, el proveedor de servicios de pago del ordenante comprobará si se cumplen todas las condiciones necesarias para procesar la operación de pago y si se dispone de los fondos necesarios, reservará el importe de la operación de pago o hará el adeudo correspondiente en la cuenta del ordenante y enviará de inmediato la operación de pago al proveedor de servicios de pago del beneficiario;
c)
no obstante lo dispuesto en el artículo 83 y en el artículo 87, apartado 2, de la Directiva (UE) 2015/2366, el proveedor de servicios de pago del beneficiario, en un plazo de diez segundos a partir de que el proveedor de servicios de pago del ordenante reciba la orden de pago para una transferencia inmediata, pondrá el importe de la operación de pago a disposición del beneficiario en la cuenta de pago de este en la moneda en la que esté denominada la cuenta del beneficiario y confirmará al proveedor de servicios de pago del ordenante la finalización de la operación de pago;
d)
no obstante lo dispuesto en el artículo 87, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/2366, el proveedor de servicios de pago del beneficiario velará por que la fecha de valor del abono en la cuenta de pago del beneficiario sea la misma que la fecha en que el proveedor de servicios de pago del beneficiario abone el importe de la operación de pago del beneficiario, y
e)
inmediatamente después de recibir la confirmación de finalización a que se refiere la letra c), o cuando el proveedor de servicios de pago del ordenante no reciba dicha confirmación de finalización en un plazo de diez segundos a partir del momento de la recepción la orden de pago para una transferencia inmediata, el proveedor de servicios de pago del ordenante informará gratuitamente al ordenante y, en su caso, al proveedor de servicios de iniciación de pagos, de si el importe de la operación de pago se ha puesto a disposición del beneficiario en la cuenta de pago de este. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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