+Artículo 26 Información a la Comisión

Artículo 26 Información a la Comisión

Artículo 26

Información a la Comisión

►C2  Cuando un Estado miembro recurra a una de las opciones reglamentarias contempladas en el artículo 2, apartados 5 y 6, el artículo 4, apartado 1, el artículo 4, apartado 2, letra c), el artículo 6, apartado 2, el artículo 10, apartado 1, el artículo 10, apartado 5, letra f), el artículo 14, apartado 2, y el artículo 16, apartado 4, informará ◄ de ello a la Comisión, así como de cualquier cambio ulterior. La Comisión hará pública dicha información a través de un sitio web o a través de otro medio fácilmente accesible. Los Estados miembros adoptarán las medidas adecuadas para difundir esta información a los prestamistas y consumidores nacionales.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 30.12.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32008L0048
  • EULAW_CS -

    EULAW_CS