+Artículo 60 Recursos
---+Artículo 60 1.
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Artículo 60 Recursos

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 60 1.
Cualquier persona física o jurídica, incluidas las autoridades competentes, podrá recurrir una decisión de la Autoridad contemplada en los artículos 17, 18 y 19 y cualquier otra decisión adoptada por la Autoridad con arreglo a los actos de la Unión mencionados en el artículo 1, apartado 2, de las que sea destinataria, o una decisión que, aunque revista la forma de una decisión destinada a otra persona, le afecte directa e individualmente.
Artículo 60 2.
El recurso y la exposición de los motivos se presentarán por escrito ante la Autoridad en el plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación de la decisión al interesado o, a falta de notificación, a partir de la fecha en que la Autoridad publicó su decisión.

La Sala de Recurso decidirá sobre el recurso en un plazo de tres meses a partir de su interposición.

Artículo 60 3.

El recurso presentado en virtud del apartado 1 no tendrá efecto suspensivo.

No obstante, la Sala de Recurso podrá suspender la aplicación de la decisión recurrida si considera que las circunstancias así lo requieren.

Artículo 60 4.
Si el recurso es admisible, la Sala de Recurso examinará si está fundado. Invitará a las partes en el procedimiento de recurso a que presenten sus observaciones, en los plazos especificados, sobre sus propias alegaciones o las de las otras partes en el procedimiento de recurso. Las partes en los procedimientos de recurso tendrán derecho a formular sus alegaciones oralmente.
Artículo 60 5.
La Sala de Recurso podrá confirmar la decisión adoptada por el departamento competente de la Autoridad o remitir el asunto a dicho departamento. Este quedará vinculado por la resolución de la Sala de Recurso y adoptará una decisión modificada relativa al asunto de que se trate.
Artículo 60 6.
La Sala de Recurso adoptará y publicará su reglamento interno.
Artículo 60 7.
Las decisiones adoptadas por la Sala de Recurso serán razonadas y la Autoridad las hará públicas.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 10.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1095
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