+Artículo 46 Notificación presentada por el órgano de dirección a una autoridad competente
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Artículo 46 Notificación presentada por el órgano de dirección a una autoridad competente
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 46 1
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1. Las notificaciones presentadas a una autoridad competente por el órgano de dirección de una entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de la Directiva 2014/59/UE incluirán lo siguiente:
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a)
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el nombre, la dirección del domicilio social y, si se dispone de él, el identificador de entidad jurídica de la entidad o sociedad que envía la notificación;
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b)
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el nombre y la dirección del domicilio social de la empresa matriz inmediata y última de dicha entidad o sociedad, cuando proceda;
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c)
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la información y los análisis pertinentes que el órgano de dirección tuviera en cuenta a la hora de efectuar la evaluación para determinar el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 32, apartado 4, de la Directiva 2014/59/UE;
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d)
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una copia de la resolución escrita del órgano de dirección en la que confirme su evaluación sobre la inviabilidad o la probable inviabilidad de la entidad o sociedad;
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e)
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cualquier información adicional que el órgano de dirección considere pertinente para su evaluación.
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Artículo 46 2
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2. La notificación a que se refiere el artículo 81, apartado 1, de la Directiva 2014/59/UE será transmitida a la autoridad competente de inmediato tras la decisión adoptada por el órgano de dirección en la que se determine la inviabilidad o la probable inviabilidad de una entidad o sociedad contemplada en el artículo 1, apartado 1, letras b), c) o d), de dicha Directiva.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
- EULAW_DA -
EULAW_DA
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