+Artículo 30 1.

Artículo 30 1.

Los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta que ofrezcan a un ordenante una cuenta de pago accesible en línea deberán contar con al menos una interfaz que cumpla todos los requisitos siguientes:

a) 

que los proveedores de servicios de información sobre cuentas, los proveedores de servicios de iniciación de pagos y los proveedores de servicios de pago que emitan instrumentos de pago basados en tarjetas puedan identificarse ante el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta;

b) 

que los proveedores de servicios de información sobre cuentas puedan comunicarse de forma segura para solicitar y recibir información sobre una o más cuentas de pago designadas y las operaciones de pago asociadas a ellas;

c) 

que los proveedores de servicios de iniciación de pagos puedan comunicarse de forma segura para iniciar una orden de pago a partir de la cuenta de pago del ordenante y recibir toda la información sobre la iniciación de la operación de pago y toda la información accesible a los proveedores de servicios de pago gestores de cuenta relativa a la ejecución de la operación de pago.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 12.09.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32018R0389
  • EULAW_DA -

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