+Artículo 19 2.

Artículo 19 2.

Los Estados miembros garantizarán que solo aquellos prestamistas que estén bajo la supervisión de la autoridad nacional competente y que cumplan plenamente con el Reglamento (UE) 2016/679 tengan acceso a las bases de datos utilizadas para la evaluación de la solvencia de los consumidores.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 30.10.2023 00:00:00 -Doknr: CELEX:32023L2225
  • EULAW_DA -

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