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+Artículo 93 4 |
Artículo 93 44. La autoridad de resolución a nivel de grupo y las autoridades de resolución de las filiales realizarán un seguimiento de la aplicación de la decisión conjunta sobre los requisitos mínimos de fondos propios y pasivos admisibles a nivel consolidado, de la empresa matriz y de cada filial, en relación con todas las entidades del grupo sujetas a la decisión conjunta y a nivel consolidado. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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