+Artículo 12 1

Artículo 12 1

1.   Los Estados miembros velarán por que los consumidores puedan acceder gratuitamente a los datos personales que posean el proveedor de servicios de pago transmisor o receptor en relación con las órdenes permanentes y los adeudos domiciliados.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 28.08.2014 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0092
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