|
+Artículo 6 Fecha de aplicación de los umbrales de significatividad |
Artículo 6 Fecha de aplicación de los umbrales de significatividadArtículo 6 Fecha de aplicación de los umbrales de significatividad La autoridad competente fijará una fecha para la aplicación del umbral de significatividad que podrá variar según la categoría de entidad, pero que no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2020 en el caso de las entidades que utilicen el método estándar establecido en la parte tercera, título II, capítulo 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|