+Artículo 6 Fecha de aplicación de los umbrales de significatividad

Artículo 6 Fecha de aplicación de los umbrales de significatividad

Artículo 6

Fecha de aplicación de los umbrales de significatividad

La autoridad competente fijará una fecha para la aplicación del umbral de significatividad que podrá variar según la categoría de entidad, pero que no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2020 en el caso de las entidades que utilicen el método estándar establecido en la parte tercera, título II, capítulo 2, del Reglamento (UE) n.o 575/2013.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito