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+Artículo 6 3 |
Artículo 6 33. El proyecto de informe de evaluación de riesgos del grupo y el proyecto de informe de evaluación del riesgo de liquidez del grupo contendrán los resultados de la evaluación en cuanto a si los sistemas, estrategias, procedimientos y mecanismos empleados por el grupo y sus entidades y los fondos propios y la liquidez mantenidos por ellas garantizan una gestión y cobertura sólidas de sus riesgos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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