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+Artículo 6 5. |
Artículo 6 5.En el libro blanco de criptoactivos se indicará, de forma clara e inequívoca, que:
a)
el criptoactivo puede perder su valor total o parcialmente;
b)
el criptoactivo puede no ser siempre negociable;
c)
el criptoactivo puede no ser líquido;
d)
cuando la oferta pública se refiera a una ficha de consumo, esa ficha puede no ser canjeable por el bien o servicio prometido en el libro blanco de criptoactivos, especialmente en caso de fracasar o interrumpirse el proyecto de criptoactivos;
e)
el criptoactivo no está cubierto por los sistemas de indemnización de los inversores con arreglo a la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 9 );
f)
el criptoactivo no está cubierto por los sistemas de garantía de depósitos con arreglo a la Directiva 2014/49/UE. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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