+Artículo 12 7.

Artículo 12 7.

El libro blanco de criptoactivos modificado, y, en su caso, las comunicaciones publicitarias modificadas, llevarán una marca de tiempo. El libro blanco de criptoactivos modificado más recientemente, y, en su caso, las comunicaciones publicitarias modificadas más recientemente, se marcarán como versión aplicable. Todos los libros blancos de criptoactivos modificados, y, en su caso, las comunicaciones publicitarias modificadas, permanecerán disponibles mientras los criptoactivos estén en manos del público.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito