+Artículo 12 9.

Artículo 12 9.

Las versiones anteriores del libro blanco de criptoactivos y de las comunicaciones publicitarias permanecerán a disposición del público en el sitio web de los oferentes, las personas que soliciten la admisión a negociación o los operadores de plataformas de negociación durante al menos diez años a partir de la fecha de publicación de dichas versiones anteriores, con una advertencia destacada en la que se indique que han dejado de ser válidas y un hipervínculo a la sección específica del sitio web en la que se publique la versión más reciente de dichos documentos.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito