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+Artículo 31 2. |
Artículo 31 2.Los titulares de fichas referenciadas a activos podrán presentar reclamaciones de forma gratuita ante los emisores de sus fichas o, en su caso, las entidades terceras a que se refiere el apartado 1.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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