+Artículo 31 3.

Artículo 31 3.

Los emisores de fichas referenciadas a activos y, cuando proceda, las entidades terceras mencionadas en el apartado 1, elaborarán y pondrán a disposición de los titulares de fichas referenciadas a activos una plantilla para la presentación de reclamaciones y llevarán un registro de todas las reclamaciones recibidas, así como de las medidas que se adopten en respuesta a las reclamaciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito