+Artículo 34 1.

Artículo 34 1.

Los emisores de fichas referenciadas a activos dispondrán de sólidos sistemas de gobernanza, incluida una estructura organizativa clara, con áreas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes, procedimientos eficaces para la detección, la gestión, el control y la comunicación de los riesgos a los que estén o pudieran estar expuestos, y mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos administrativos y contables adecuados.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito