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+Artículo 36 3. |
Artículo 36 3.Los emisores de fichas referenciadas a activos velarán por que la reserva de activos esté separada operativamente de su patrimonio, así como de la reserva de activos de otras fichas.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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