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+Artículo 46 6. |
Artículo 46 6.La ABE, previa consulta a la AEVM, emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 para especificar el formato del plan de recuperación y la información que debe aportarse en dicho plan de recuperación.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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