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+Artículo 47 5. |
Artículo 47 5.La ABE emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1093/2010 para especificar lo siguiente:
a)
el contenido del plan de reembolso y la periodicidad de la revisión, teniendo en cuenta el tamaño, la complejidad, y la naturaleza de la ficha referenciada a activos y el modelo de negocio del emisor, y
b)
las condiciones para activar la aplicación del plan de reembolso. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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