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+Artículo 48 4. |
Artículo 48 4.El apartado 1 del presente artículo no se aplicará a los emisores de fichas de dinero electrónico exentos de conformidad con el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2009/110/CE.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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