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+Artículo 56 2. |
Artículo 56 2.Cuando varios emisores emitan la misma ficha de dinero electrónico, el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 43, apartado 1, se evaluará tras consolidar la información de dichos emisores.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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