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+Artículo 58 3. |
Artículo 58 3.Se aplicarán a las fichas de dinero electrónico denominadas en una moneda que no sea una moneda oficial de un Estado miembro los artículos 22, 23 y 24, apartado 3.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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