+Artículo 59 6.

Artículo 59 6.

Las autoridades competentes que concedan autorizaciones de conformidad con el artículo 63 velarán por que tales autorizaciones especifiquen los servicios de criptoactivos que el proveedor de servicios de criptoactivos está autorizado a prestar.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito