+Artículo 60 9.
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Artículo 60 9.
Las entidades a que se refieren los apartados 1 a 6 no estarán obligadas a presentar la información a que se refiere el apartado 7 que hayan presentado previamente a la autoridad competente cuando dicha información sea idéntica. Al presentar la información a que se refiere el apartado 7, las entidades a que se refieren los apartados 1 a 6 declararán explícitamente que la información que se presentó previamente sigue estando actualizada.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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