+Artículo 63 9.
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Artículo 63 9.
En un plazo de 40 días hábiles a partir de la fecha de recepción de una solicitud completa, las autoridades competentes evaluarán si el proveedor de servicios de criptoactivos solicitante cumple los requisitos establecidos en el presente título y adoptarán una decisión plenamente motivada por la que se le conceda o deniegue la autorización para operar como proveedor de servicios de criptoactivos. Las autoridades competentes notificarán su decisión al solicitante en el plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de adopción de dicha decisión. La evaluación tendrá en cuenta la naturaleza, dimensión y complejidad de los servicios de criptoactivos que el proveedor solicitante tenga la intención de prestar.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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