+Artículo 66 2.

Artículo 66 2.

Los proveedores de servicios de criptoactivos facilitarán a sus clientes información imparcial, clara y no engañosa, también en las comunicaciones publicitarias, que se identificarán como tales. Los proveedores de servicios de criptoactivos no inducirán a error, deliberadamente o por negligencia, a un cliente en relación con las ventajas reales o percibidas de los criptoactivos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito