+Artículo 66 2.
|
Artículo 66 2.
Los proveedores de servicios de criptoactivos facilitarán a sus clientes información imparcial, clara y no engañosa, también en las comunicaciones publicitarias, que se identificarán como tales. Los proveedores de servicios de criptoactivos no inducirán a error, deliberadamente o por negligencia, a un cliente en relación con las ventajas reales o percibidas de los criptoactivos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|