+Artículo 75 6.
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Artículo 75 6.
Los proveedores de servicios de criptoactivos que presten servicios de custodia y administración de criptoactivos por cuenta de clientes garantizarán que disponen de los procedimientos necesarios para devolver los criptoactivos mantenidos por cuenta de sus clientes, o los medios de acceso, lo antes posible a dichos clientes.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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