+Artículo 76 13.

Artículo 76 13.

Los proveedores de servicios de criptoactivos que gestionen una plataforma de negociación de criptoactivos velarán por que sus estructuras de comisiones sean transparentes, justas y no discriminatorias y por que no creen incentivos para presentar, modificar o cancelar órdenes o para ejecutar operaciones de manera que contribuyan a anomalías en las condiciones de negociación o abuso de mercado a que se refiere el título VI.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito