+Artículo 76 13.
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Artículo 76 13.
Los proveedores de servicios de criptoactivos que gestionen una plataforma de negociación de criptoactivos velarán por que sus estructuras de comisiones sean transparentes, justas y no discriminatorias y por que no creen incentivos para presentar, modificar o cancelar órdenes o para ejecutar operaciones de manera que contribuyan a anomalías en las condiciones de negociación o abuso de mercado a que se refiere el título VI.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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