+Artículo 81 5.

Artículo 81 5.

Los proveedores de servicios de criptoactivos que gestionen carteras de criptoactivos no aceptarán ni retendrán honorarios, comisiones u otros beneficios monetarios o no monetarios abonados o proporcionados por un emisor, un oferente, una persona que solicite la admisión a negociación, un tercero o una persona que actúe por cuenta de un tercero en relación con la prestación de servicios de gestión de carteras de criptoactivos a sus clientes.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito