+Artículo 83 7.

Artículo 83 7.

La autoridad competente que, al término de la evaluación a que se refiere el apartado 4, decida oponerse a la adquisición propuesta a que se refiere el apartado 1 lo notificará al adquirente propuesto en un plazo de dos días hábiles, y en cualquier caso antes de la fecha indicada en el apartado 4, prorrogada, en su caso, de conformidad con el apartado 6, párrafos segundo y tercero. En la notificación se expondrán los motivos de dicha decisión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito