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+Artículo 110 2. |
Artículo 110 2.El registro contendrá, como mínimo, la denominación comercial o el sitio web de una entidad que incumpla las normas y el nombre de la autoridad competente que haya presentado la información.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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