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+Artículo 3 5. |
Artículo 3 5.La Comisión adoptará actos de ejecución con vistas a especificar el procedimiento para los GFIA que se acojan a la presente Directiva con arreglo al apartado 4. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen contemplado en el artículo 59, apartado 2. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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