►M9
A fin de garantizar una aplicación uniforme de lo dispuesto en la presente Directiva respecto al intercambio de información, la AEVM podrá elaborar proyectos de normas técnicas de ejecución para determinar los procedimientos de intercambio de información entre las autoridades competentes pertinentes, las AES, la JERS y los miembros del SEBC, conforme a las disposiciones aplicables de la presente Directiva.
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Se concederá a la Comisión la facultad de adoptar los proyectos de normas técnicas de ejecución a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) no 1095/2010.