+Artículo 67 7.

Artículo 67 7.

En caso de que la AEVM no haya emitido su dictamen en el plazo previsto en el apartado 1, la Comisión solicitará que se emita en un nuevo plazo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito