+Artículo 20 4

Artículo 20 4

4.   En los ficheros automatizados, la limitación del tratamiento deberá realizarse, en principio, por medios técnicos. El hecho de que los datos personales están limitados se indicará en el sistema de tal modo que quede claro que no se pueden utilizar.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito