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+Artículo 29 10 |
Artículo 29 1010. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 65 y 66, si un encargado del tratamiento infringe el presente Reglamento por determinar los fines y medios del tratamiento, será considerado responsable del tratamiento con respecto a dicho tratamiento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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