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+Artículo 39 5 |
Artículo 39 55. El Supervisor Europeo de Protección de Datos podrá asimismo establecer y publicar una lista de los tipos de tratamiento que no requieren evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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