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+Artículo 82 2 |
Artículo 82 22. El responsable del tratamiento suprimirá los datos personales operativos sin dilación indebida, y el interesado tendrá derecho a obtener de él, sin dilación indebida, la supresión de los datos personales operativos que le conciernan cuando el tratamiento infrinja el artículo 71, el artículo 72, apartado 1, o el artículo 76, o cuando los datos personales operativos se supriman para dar cumplimiento a una obligación legal a la que esté sujeta al responsable del tratamiento. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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