+Artículo 82 5

Artículo 82 5

5.   El responsable del tratamiento comunicará la rectificación de los datos personales operativos inexactos a la autoridad competente de la que procedan los datos personales operativos inexactos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito