+Artículo 4 3.

Artículo 4 3.

Los siguientes criterios específicos se aplicarán a los proyectos de interés común incluidos en categorías de infraestructura energética específicas:

a) 

en cuanto a los proyectos de transporte, distribución y almacenamiento de electricidad que entran dentro de las categorías de infraestructuras energéticas contempladas en el anexo II, punto 1, letras a), b), c) y d) y f), el proyecto contribuye de forma significativa a la sostenibilidad por medio de la integración de la energía renovable en la red, el transporte o la distribución de la producción de electricidad renovable a los centros de consumo y lugares de almacenamiento principales, así como a la reducción de las restricciones energéticas, y contribuye al cumplimiento de, como mínimo, uno de los siguientes criterios específicos:

i) 

integración del mercado, entre otras cosas poniendo fin al aislamiento energético de al menos uno de los Estados miembros de la Unión Europea y reduciendo los cuellos de botella de las infraestructuras energéticas, interoperabilidad y flexibilidad del sistema,

ii) 

seguridad del suministro, incluyendo la interoperabilidad, la flexibilidad del sistema, la ciberseguridad, unas conexiones adecuadas y el funcionamiento seguro y fiable del sistema;

b) 

en cuanto a los proyectos de redes eléctricas inteligentes que entran dentro de la categoría de infraestructuras energéticas contempladas en el anexo II, punto 1, letra d), el proyecto contribuye de forma significativa a la sostenibilidad por medio de la integración de la energía renovable en la red, y contribuye, como mínimo, a dos de los siguientes criterios específicos:

i) 

la seguridad del suministro, incluyendo por medio de la eficiencia e interoperabilidad del transporte y distribución de electricidad en el funcionamiento día a día de la red, la elusión de congestiones, y la integración y participación de los usuarios de la red,

ii) 

la integración de los mercados, también mediante el funcionamiento eficiente del sistema y el uso de interconectores,

iii) 

la seguridad de la red, flexibilidad y calidad del suministro, también por medio de una mayor adopción de soluciones innovadoras en materia de equilibrio, mercados de flexibilidad, ciberseguridad, supervisión, control de sistemas y corrección de errores,

iv) 

la integración sectorial inteligente en el sistema energético a través de la vinculación de diferentes vectores y sectores energéticos o, en un sentido más amplio, favoreciendo las sinergias y la coordinación entre los sectores de la energía, el transporte y las telecomunicaciones;

c) 

en cuanto a los proyectos de transporte y almacenamiento de dióxido de carbono que entran dentro de las categorías de infraestructuras energéticas contempladas en el anexo II, punto 5, el proyecto contribuye de forma significativa a la sostenibilidad mediante la reducción de las emisiones de dióxido de carbono en las instalaciones industriales conectadas, y contribuye a todos los criterios específicos siguientes:

i) 

eliminación de las emisiones de dióxido de carbono, al tiempo que se mantiene la seguridad del suministro,

ii) 

el incremento de la resiliencia y la seguridad del transporte y el almacenamiento de dióxido de carbono,

iii) 

el uso eficiente de los recursos, al permitir la conexión de múltiples fuentes y sitios de almacenamiento de dióxido de carbono a través de una infraestructura común y minimizando la carga y los riesgos para el medio ambiente;

d) 

en cuanto a los proyectos de hidrógeno que entran dentro de las categorías de infraestructuras energéticas contempladas en el anexo II, punto 3, el proyecto contribuye significativamente a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, al potenciar la implantación de hidrógeno renovable o hipocarbónico, poniendo especial énfasis en el hidrógeno de fuentes renovables, en particular en las aplicaciones de uso final, como los sectores con emisiones difíciles de reducir en los que no son viables soluciones más eficientes desde el punto de vista energético, y apoyar la producción de electricidad de fuentes renovables variables gracias a soluciones de flexibilidad o almacenamiento o ambas, y el proyecto contribuye significativamente, como mínimo, a uno de los siguientes criterios específicos:

i) 

integración del mercado, también mediante la conexión de redes de hidrógeno existentes o emergentes de los Estados miembros, o contribuyendo de otro modo al surgimiento de una red a escala de la Unión para el transporte y almacenamiento de hidrógeno, y garantizando la interoperabilidad de los sistemas conectados,

ii) 

seguridad del suministro y flexibilidad, también mediante conexiones adecuadas y facilitando el funcionamiento seguro y fiable del sistema,

iii) 

competencia, también permitiendo el acceso a diversas fuentes de suministro y usuarios de red de forma transparente y no discriminatoria;

e) 

en cuanto a los electrolizadores que entran dentro de la categoría de infraestructuras energéticas contemplada en el anexo II, punto 4, el proyecto contribuye de forma significativa a todos los criterios específicos siguientes:

i) 

sostenibilidad, también mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y la mejora del despliegue de hidrógeno renovable o hipocarbónico, en particular de fuentes renovables, así como de combustibles sintéticos del mismo origen,

ii) 

seguridad del suministro, también contribuyendo al funcionamiento seguro, eficiente y fiable del sistema, o mediante soluciones de flexibilidad o almacenamiento, o ambas, tales como la respuesta de la demanda y los servicios de balance,

iii) 

permitir servicios de flexibilidad tales como la respuesta de demanda y el almacenamiento de energía al facilitar la integración del sector de la energía inteligente mediante la creación de vínculos con otros sectores y vectores energéticos;

f) 

en cuanto a los proyectos de redes de gas inteligentes que entran dentro de la categoría de infraestructuras energéticas contempladas en el anexo II, punto 2, el proyecto contribuye significativamente a la sostenibilidad asegurando la integración de una pluralidad de gases hipocarbónicos y, en particular, renovables, inclusive cuando son de procedencia local, tales como el biometano o el hidrógeno renovable, en los sistemas de transporte, distribución o almacenamiento de gas con el fin de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, y tal proyecto contribuye significativamente, como mínimo, a uno de los siguientes criterios específicos:

i) 

la seguridad de la red y la calidad del suministro mediante la mejora de la eficiencia y la interoperabilidad de los sistemas de transporte, distribución o almacenamiento de gas en el funcionamiento día a día de la red, entre otras cosas, abordando los retos derivados de la inyección de gases de calidades diversas,

ii) 

funcionamiento del mercado y servicios al cliente,

iii) 

facilitar la integración del sector de energía inteligente mediante la creación de vínculos con otros sectores y vectores energéticos y permitiendo la respuesta de demanda.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito