+Artículo 8 1.

Artículo 8 1.

A más tardar el 23 de junio de 2022, cada Estado miembro actualizará, si procede, la designación de una autoridad nacional competente que será responsable de facilitar y coordinar el proceso de concesión de autorizaciones para los proyectos de la lista de la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito