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+Artículo 8 1. |
Artículo 8 1.A más tardar el 23 de junio de 2022, cada Estado miembro actualizará, si procede, la designación de una autoridad nacional competente que será responsable de facilitar y coordinar el proceso de concesión de autorizaciones para los proyectos de la lista de la Unión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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