+Artículo 9 1.

Artículo 9 1.

A más tardar el 24 de octubre de 2023, el Estado miembro o la autoridad nacional competente, si procede en colaboración con las demás autoridades interesadas, publicará un manual de procedimiento actualizado para el proceso de concesión de autorizaciones aplicable a los proyectos de la lista de la Unión, a fin de incluir, por lo menos, la información especificada en el punto 1 del anexo VI. El manual no será vinculante jurídicamente, pero deberá hacer referencia a disposiciones normativas pertinentes o citarlas. Las autoridades nacionales competentes, cuando proceda, cooperarán con las autoridades de los países vecinos, e identificarán sinergias con las mismas, con vistas al intercambio de buenas prácticas y a la facilitación del proceso de concesión de autorizaciones, en particular para el desarrollo del manual de procedimientos.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito