+Artículo 9 1.
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Artículo 9 1.
A más tardar el 24 de octubre de 2023, el Estado miembro o la autoridad nacional competente, si procede en colaboración con las demás autoridades interesadas, publicará un manual de procedimiento actualizado para el proceso de concesión de autorizaciones aplicable a los proyectos de la lista de la Unión, a fin de incluir, por lo menos, la información especificada en el punto 1 del anexo VI. El manual no será vinculante jurídicamente, pero deberá hacer referencia a disposiciones normativas pertinentes o citarlas. Las autoridades nacionales competentes, cuando proceda, cooperarán con las autoridades de los países vecinos, e identificarán sinergias con las mismas, con vistas al intercambio de buenas prácticas y a la facilitación del proceso de concesión de autorizaciones, en particular para el desarrollo del manual de procedimientos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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