|
+Artículo 11 12. |
Artículo 11 12.Después de que la Comisión apruebe el modelo mencionado en el apartado 10 de conformidad con el procedimiento previsto en los apartados 1 a 5, el modelo se incluirá en las metodologías a las que hace referencia el apartado 1, que se modificarán en consecuencia.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|